viernes, 5 de agosto de 2016

“A Dios rogando…”


Fernando Murillo Flores

El día 4 de agosto, día del Juez, como todos los días, llegué al trabajo y me indicaron que había un “comunicado” (aviso) pegado en algunas paredes del Palacio de Justicia, sede de la Corte Superior de Justicia de Cusco, cuyos destinatarios eran sus trabajadores – entre los cuales me encuentro – y que establecía que la asistencia a una misa católica de acción de gracias por el día del Juez, era obligatoria. Sencillamente no creí que tal aviso tenía ese tenor y como alguien dijo por allí “ver para creer”.

Deje mis labores por un rato – en otros tiempos y para alguien eso sería abandono del puesto de trabajo – y salí a ver si el aviso de marras era tal cual me habían dicho que era y, en efecto, visto y leído el comunicado no me quedó sino que creer, cual herida en el costado del crucificado. Como la memoria es frágil y a veces traicionera, sino pregúntenselo a quien no solo no lo reconoció, sino que lo negó luego de la última cena, le saqué una foto al comunicado y lo trascribo:

“COMUNICADO.
La Comisión de Apoyo a la Celebración del DÍA DEL JUEZ, comunica al Personal Jurisdiccional y Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Cusco, la asistencia obligatoria, a la MISA DE ACCIÓN DE GRACIAS POR EL DÍA DEL JUEZ, celebrado por el Excelentísimo Monseñor Richard Daniel Alarcón Urrutia, a llevarse a cabo, el día jueves 04 de agosto del presente, a partir de las 09:30 a.m.” (la negrita y el subrayado son de origen)

Y, como siempre, aparecen en el comunicado dos sellos y unas rúbricas en ellos (uno de los sellos, de la “Oficina de Imagen Institucional, Prensa y Protocolo” y, el otro, de “Personal”), aunque también se menciona una “Comisión de Apoyo…”, sin el nombre de quien proviene la obligatoriedad, lo cual es común, pues en los avisos y comunicados de ese tipo siempre  se dice: La Presidencia, La Gerencia, La Comisión, El Comité, La Oficina…, Personal, etc.

Quienes así emiten órdenes y disposiciones – no personales e impersonales, harían bien en leer historia y encontrar en ella el gesto del General Eisenhower, que por escrito – ante un posible fracaso – expresó que la orden del desembarco el día “D” fue suya y, como única justificación del momento, que la decisión se basó en la mejor información de la que disponía. Ike, nunca dio la orden con un aviso o comunicado suscrito por “La Comandancia Suprema de las Fuerzas Aliadas de Occidente” o por “El General”. Él, con nombre propio, asumió la responsabilidad de la orden, cuando aún no sabía si iba a ser un éxito o un fracaso, aunque para la humanidad siempre fue una derrota.

Bueno, comunicar al personal jurisdiccional y administrativo de la Corte Superior de Justicia del Cusco, que la asistencia a una misa católica es obligatoria es una infracción al artículo 45 de la Constitución, pues aunque no se sabe de quién es la disposición, ella proviene de un funcionario, autoridad o empleado público que colisiona con un derecho reconocido como tal en nuestra Constitución:

Artículo 2.- Toda persona tiene derecho: (…) 3. A la libertad de conciencia y de religión, en forma individual o asociada. No hay persecución por razón de ideas o creencias. No hay delito de opinión. El ejercicio público de todas las confesiones es libre, siempre que no ofenda la moral ni altere el orden público.” No sabían de esto La Comisión de Apoyo…, La Oficina de… y Personal.

En la Corte para la que laboro no existe un censo de su personal (instrumento de gestión) que, entre otros datos como son el número de trabajadores, regímenes y sub regímenes laborales, sexo, edad, educación, instrucción, especialidad, nos diga que religión profesan o si no profesan alguna, pues de sólo haber un trabajador no católico, sería motivo suficiente para no obligar a asistir a un oficio religioso católico. El sentido común nos dice que debe haber trabajadores de otros credos religiosos. Ante la ausencia de un instrumento de gestión de esa naturaleza, no podían ser cautos La Comisión de Apoyo…, La Oficina de… y Personal, y evitar semejante disposición, pues a mí me consta que existen trabajadores y magistrados de credos distintos al mío.

Las personas no sólo tienen libertad de credo, que implica que una persona puede profesar cualquier religión, sino que existen otras que sencillamente no son creyentes, es decir, no creen en Dios. Entonces, un comunicado como el trascrito, explicable sólo en la época del oscurantismo medieval, colisiona con otro derecho Constitucional:

“Artículo 2.- Toda persona tiene derecho: (…). 24. A la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia:  a. Nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda, ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe.”

Si la Constitución consagra la libertad en esos términos, no puede existir razón alguna, mucho menos una ley que haga obligatoria la asistencia a una misa católica, a quien no cree en el supremo hacedor - como se gusta decir -. No sabían de esto La Comisión de Apoyo…, La Oficina de… y Personal.  

Todos los días vemos acciones de violencia contra los derechos de las personas, sean hombres o mujeres, y nos rasgamos las vestiduras, nos indignamos, hacemos discursos y marchamos; el comunicado que comentamos es una más de estas violaciones de las que son objeto las personas, esta vez en su dimensión laboral, en el marco de una relación de trabajo que, por si acaso no lo saben La Comisión de Apoyo…, La Oficina de… y Personal, existen derechos constitucionales, entre los que esta la libertad de credo o la libertad simplemente de no creer en alguna divinidad.         

A mí me queda claro que ésta es una estación más en un rosario de arbitrariedades, donde nunca debieran existir (una Corte de Justicia), pues así como fui censurado en mi derecho a la expresión y opinión, ahora se violenta el derecho a la libertad de quienes no son creyentes, el derecho a la libertad religiosa de quienes no son católicos o, simplemente, de quienes no desean ir a una misa católica, como es mi caso, pues considero que una Corte de Justicia es sede de justicia humana, no divina; de justicia laica y no religiosa, debido a que quien acude a ella tiene la esperanza en la justicia humana, no en la divina, para ella existen las iglesias. Empiezo a creer que la arbitrariedad es más femenina que nunca.


El mundo está sangrando hoy por razones religiosas, muchas veces los atentados se originan cuando las personas de otros credos son dañadas por acciones u omisiones de quienes no las toleran... parece que La Comisión de Apoyo…, La Oficina de… y Personal no están al corriente de las noticias, pese a que es información posible de ser conocida, al igual que nuestra Constitución que muchos creen conocer.