La Guillotina Judicial.
Fernando Murillo Flores
A raíz de lo acontecido en el Banco de Materiales, el Presidente García ha dicho: “Es una podredumbre lo que ha ocurrido en el Banco de Materiales. Una porquería que malogra mi trabajo. Toda esta gente debería pasar por la guillotina judicial" (Cf. diario Perú 21, edición del 15 de abril de 2008).
La guillotina fue un instrumento mecánico que hacía descender una afilada cuchilla entre dos carriles paralelos para cortarle la cabeza a quien se le colocaba, exponiendo su cuello, al final del trayecto de la cuchilla. Es obvio que tal instrumento, propicio sólo para la muerte, se utilizaba para ejecutar inexorablemente a una persona, es decir, para matarlo sin mayor posibilidad en nombre de una condena en un sistema que establecía la posibilidad de hacerlo. El médico Joseph-Ignace Guillotin, en 1789 se convirtió en diputado de París en la Asamblea Constituyente de la Francia revolucionaria y desde esa posición propuso la utilización de la guillotina; sin que dicho instrumento de ejecución fuese inventado por él, el instrumento de muerte asumió su nombre por haber propuesto él su utilización. A través de la historia la guillotina se hizo abominablemente legendaria.
Las noticias sobre los funcionarios del Banco de Materiales nos dicen que han sido removidos de su cargo nueve de ellos, entre los que están el Presidente del Directorio y el Gerente General del Banco. Políticamente sí es aceptable decir, metafóricamente hablando, que han rodado las cabezas de esos funcionarios, lo que indudablemente alude al método de la guillotina, pero la responsabilidad de la decisión hacer caer la cuchilla de la guillotina política le corresponde, evidentemente, a quien ejerce el gobierno y de hecho ya lo hizo.
Es probable que los funcionarios del Banco de Materiales hayan cometido uno o varios delitos, yo no lo sé, ello sólo será posible de determinar en el marco de un proceso judicial, basado en la investigación y acopio de pruebas que haga el Ministerio Público (Fiscalía), pero cuando ellos merezcan – si lo merecen – una condena penal, de manera alguna rodarán sus cabezas, porque el Poder Judicial no es – Señor Presidente – una guillotina de muertes anunciadas.
Antoine de Saint-Exupéry escribió en su célebre “El Principito” que, “al rey le importaba antes que nada que su autoridad fuera respetada. No toleraba la desobediencia. Era un monarca absoluto. Pero como era bueno, daba órdenes razonables.” A un autoritario, como era todo rey en la época del absolutismo, sólo le importa que sus órdenes sean cumplidas, sin reparar en lo razonable o no de las mismas, pero Saint-Exupéry resalta la calidad de bueno en aquél rey que, sin dejar de serlo, “daba órdenes razonables” y es por ello que en la misma obra dice “La autoridad se basa ante todo en la razón (…). Tengo derecho a exigir obediencia porque mis órdenes son razonables.”
En un Estado Constitucional de Derecho, el autoritarismo sólo se explica conceptual y teóricamente para saber que, al igual que la autocracia o la dictadura, está proscrito, lo que por cierto no impide que las actitudes autoritarias, autocráticas y dictatoriales siempre estén, patológicamente por allí, en cualquier autoridad o funcionario e incluso servidor público.
En el ámbito administrativo y judicial, por ejemplo, debe estar proscrita la arbitrariedad, digo debe, porque lamentablemente siempre está presente. La arbitrariedad es proceder en forma contraria a la justicia, a la razón o a las leyes, por la sola voluntad o capricho de quien toma una determinada decisión administrativa o judicial.
Uno de los mecanismos que el constitucionalismo ha instituido, a través de la historia para evitar la arbitrariedad, es decir, la decisión injusta, no razonable o ilegal, es conocer los motivos por los que se toma una decisión administrativa o judicial, no existe, no puede existir válidamente, alguna decisión en un Estado Constitucional de Derecho que no cumpla con exponer las razones que la sustenten.
Al respecto el Tribunal Constitucional ha dicho, lo que es perfectamente aplicable a las resoluciones administrativas, que “Uno de los contenidos del derecho al debido proceso es el derecho de obtener de los órganos judiciales una respuesta razonada, motivada y congruente con las pretensiones oportunamente deducidas por las partes en cualquier clase de procesos. La vigencia de que las decisiones judiciales sean motivadas en proporción a los términos del inciso 5) del artículo 139 de la Norma Fundamental, garantiza que los jueces, cualquiera sea la instancia a la que pertenezcan, expresen el proceso mental que los ha llevado a decidir una controversia, asegurando que el ejercicio de la potestad de administrar justicia se haga con sujeción a la Constitución y a la ley; pero también con la finalidad de facilitar un adecuado ejercicio del derecho de defensa de los justiciables” (STC. Exp. 1230-2002-HC/TC-Lima).
A través de la historia muchos han sido aquellos que han detentado el poder, es decir, la facultad de impartir órdenes sin importarles lo razonable o no de las mismas y sin reparar en su impacto; esos gobernantes, en efecto, no eran buenos. Basta recordar que un gobernante romano constituyó en senador a su caballo y otro ordenó una matanza de niños, con la sola esperanza que entre ellos estuviese el nacido en un pesebre de Belén.
Si fuese parte de aquél populacho que aplaudía las ejecuciones en aquella Francia revolucionaria de 1789, cada vez que caía una cabeza de un miembro de la Corte o un allegado a ella, o la de un revolucionario, o la de un post revolucionario – porque la guillotina, es bueno recordarlo, se llevó a tirios y troyanos – aplaudiría el deseo del Presidente García, es decir, que “toda esta gente debería pasar por la guillotina judicial”, pero no lo soy, en lugar de ello soy un Magistrado que forma parte del Poder Judicial del Estado Constitucional de Derecho, aquél que heredó de esa Francia revolucionaria la teoría de la división del poder (en un legislativo, un ejecutivo y un judicial), mas no la unidad despótica de la muerte, ni de los métodos que hacen que ella triunfe sobre la vida, eso ni de broma.
Basta ya de llamar al Poder Judicial como a uno le viene en gana y como se le antoje cada vez que pasa algo horrible en la sociedad, basta ya de deslizar deseos como órdenes, porque de seguir así, el Poder Judicial – si el Presidente de la República lo dice – será un cadalso en el que a todo aquél que se le juzgue sólo le espere la muerte. Soy un Magistrado que no tiene la mínima aspiración de tener las manos manchadas de venganza, sino sólo la conciencia tranquila de imponer, a quien delinquió, una condena justa. En el Poder Judicial se juzga y ejemplarmente, pero de modo alguno se corta la cabeza a nadie. La educación cívica nos impone hablar como corresponde, ni más ni menos.
La guillotina fue un instrumento mecánico que hacía descender una afilada cuchilla entre dos carriles paralelos para cortarle la cabeza a quien se le colocaba, exponiendo su cuello, al final del trayecto de la cuchilla. Es obvio que tal instrumento, propicio sólo para la muerte, se utilizaba para ejecutar inexorablemente a una persona, es decir, para matarlo sin mayor posibilidad en nombre de una condena en un sistema que establecía la posibilidad de hacerlo. El médico Joseph-Ignace Guillotin, en 1789 se convirtió en diputado de París en la Asamblea Constituyente de la Francia revolucionaria y desde esa posición propuso la utilización de la guillotina; sin que dicho instrumento de ejecución fuese inventado por él, el instrumento de muerte asumió su nombre por haber propuesto él su utilización. A través de la historia la guillotina se hizo abominablemente legendaria.
Las noticias sobre los funcionarios del Banco de Materiales nos dicen que han sido removidos de su cargo nueve de ellos, entre los que están el Presidente del Directorio y el Gerente General del Banco. Políticamente sí es aceptable decir, metafóricamente hablando, que han rodado las cabezas de esos funcionarios, lo que indudablemente alude al método de la guillotina, pero la responsabilidad de la decisión hacer caer la cuchilla de la guillotina política le corresponde, evidentemente, a quien ejerce el gobierno y de hecho ya lo hizo.
Es probable que los funcionarios del Banco de Materiales hayan cometido uno o varios delitos, yo no lo sé, ello sólo será posible de determinar en el marco de un proceso judicial, basado en la investigación y acopio de pruebas que haga el Ministerio Público (Fiscalía), pero cuando ellos merezcan – si lo merecen – una condena penal, de manera alguna rodarán sus cabezas, porque el Poder Judicial no es – Señor Presidente – una guillotina de muertes anunciadas.
Antoine de Saint-Exupéry escribió en su célebre “El Principito” que, “al rey le importaba antes que nada que su autoridad fuera respetada. No toleraba la desobediencia. Era un monarca absoluto. Pero como era bueno, daba órdenes razonables.” A un autoritario, como era todo rey en la época del absolutismo, sólo le importa que sus órdenes sean cumplidas, sin reparar en lo razonable o no de las mismas, pero Saint-Exupéry resalta la calidad de bueno en aquél rey que, sin dejar de serlo, “daba órdenes razonables” y es por ello que en la misma obra dice “La autoridad se basa ante todo en la razón (…). Tengo derecho a exigir obediencia porque mis órdenes son razonables.”
En un Estado Constitucional de Derecho, el autoritarismo sólo se explica conceptual y teóricamente para saber que, al igual que la autocracia o la dictadura, está proscrito, lo que por cierto no impide que las actitudes autoritarias, autocráticas y dictatoriales siempre estén, patológicamente por allí, en cualquier autoridad o funcionario e incluso servidor público.
En el ámbito administrativo y judicial, por ejemplo, debe estar proscrita la arbitrariedad, digo debe, porque lamentablemente siempre está presente. La arbitrariedad es proceder en forma contraria a la justicia, a la razón o a las leyes, por la sola voluntad o capricho de quien toma una determinada decisión administrativa o judicial.
Uno de los mecanismos que el constitucionalismo ha instituido, a través de la historia para evitar la arbitrariedad, es decir, la decisión injusta, no razonable o ilegal, es conocer los motivos por los que se toma una decisión administrativa o judicial, no existe, no puede existir válidamente, alguna decisión en un Estado Constitucional de Derecho que no cumpla con exponer las razones que la sustenten.
Al respecto el Tribunal Constitucional ha dicho, lo que es perfectamente aplicable a las resoluciones administrativas, que “Uno de los contenidos del derecho al debido proceso es el derecho de obtener de los órganos judiciales una respuesta razonada, motivada y congruente con las pretensiones oportunamente deducidas por las partes en cualquier clase de procesos. La vigencia de que las decisiones judiciales sean motivadas en proporción a los términos del inciso 5) del artículo 139 de la Norma Fundamental, garantiza que los jueces, cualquiera sea la instancia a la que pertenezcan, expresen el proceso mental que los ha llevado a decidir una controversia, asegurando que el ejercicio de la potestad de administrar justicia se haga con sujeción a la Constitución y a la ley; pero también con la finalidad de facilitar un adecuado ejercicio del derecho de defensa de los justiciables” (STC. Exp. 1230-2002-HC/TC-Lima).
A través de la historia muchos han sido aquellos que han detentado el poder, es decir, la facultad de impartir órdenes sin importarles lo razonable o no de las mismas y sin reparar en su impacto; esos gobernantes, en efecto, no eran buenos. Basta recordar que un gobernante romano constituyó en senador a su caballo y otro ordenó una matanza de niños, con la sola esperanza que entre ellos estuviese el nacido en un pesebre de Belén.
Si fuese parte de aquél populacho que aplaudía las ejecuciones en aquella Francia revolucionaria de 1789, cada vez que caía una cabeza de un miembro de la Corte o un allegado a ella, o la de un revolucionario, o la de un post revolucionario – porque la guillotina, es bueno recordarlo, se llevó a tirios y troyanos – aplaudiría el deseo del Presidente García, es decir, que “toda esta gente debería pasar por la guillotina judicial”, pero no lo soy, en lugar de ello soy un Magistrado que forma parte del Poder Judicial del Estado Constitucional de Derecho, aquél que heredó de esa Francia revolucionaria la teoría de la división del poder (en un legislativo, un ejecutivo y un judicial), mas no la unidad despótica de la muerte, ni de los métodos que hacen que ella triunfe sobre la vida, eso ni de broma.
Basta ya de llamar al Poder Judicial como a uno le viene en gana y como se le antoje cada vez que pasa algo horrible en la sociedad, basta ya de deslizar deseos como órdenes, porque de seguir así, el Poder Judicial – si el Presidente de la República lo dice – será un cadalso en el que a todo aquél que se le juzgue sólo le espere la muerte. Soy un Magistrado que no tiene la mínima aspiración de tener las manos manchadas de venganza, sino sólo la conciencia tranquila de imponer, a quien delinquió, una condena justa. En el Poder Judicial se juzga y ejemplarmente, pero de modo alguno se corta la cabeza a nadie. La educación cívica nos impone hablar como corresponde, ni más ni menos.