Fernando Murillo Flores
El día 4 de agosto, día
del Juez, como todos los días, llegué al trabajo y me indicaron que había un “comunicado”
(aviso) pegado en algunas paredes del Palacio de
Justicia, sede de la Corte Superior de Justicia de Cusco, cuyos destinatarios
eran sus trabajadores – entre los cuales me encuentro – y que establecía que la
asistencia a una misa católica de acción de gracias por el día del Juez, era
obligatoria. Sencillamente no creí que tal aviso tenía ese tenor y como alguien
dijo por allí “ver para creer”.
Deje mis labores por un
rato – en otros tiempos y para alguien eso sería abandono del puesto de trabajo
– y salí a ver si el aviso de marras era tal cual me habían dicho que era y, en
efecto, visto y leído el comunicado no me quedó sino que creer, cual herida en
el costado del crucificado. Como la memoria es frágil y a veces traicionera,
sino pregúntenselo a quien no solo no lo reconoció, sino que lo negó luego de
la última cena, le saqué una foto al comunicado y lo trascribo:
“COMUNICADO.
La Comisión de Apoyo a
la Celebración del DÍA DEL JUEZ,
comunica al Personal Jurisdiccional y Administrativo de la Corte Superior de
Justicia de Cusco, la asistencia obligatoria, a la MISA DE ACCIÓN DE GRACIAS POR EL DÍA DEL JUEZ, celebrado por el
Excelentísimo Monseñor Richard Daniel Alarcón Urrutia, a llevarse a cabo, el
día jueves 04 de agosto del presente, a partir de las 09:30 a.m.” (la negrita y
el subrayado son de origen)
Y, como siempre,
aparecen en el comunicado dos sellos y unas rúbricas en ellos (uno de los
sellos, de la “Oficina de Imagen Institucional, Prensa y Protocolo” y, el otro,
de “Personal”), aunque también se menciona una “Comisión de Apoyo…”, sin el
nombre de quien proviene la obligatoriedad, lo cual es común, pues en los
avisos y comunicados de ese tipo siempre
se dice: La Presidencia, La Gerencia, La Comisión, El Comité, La
Oficina…, Personal, etc.
Quienes así emiten
órdenes y disposiciones – no personales e impersonales, harían bien en leer
historia y encontrar en ella el gesto del General Eisenhower, que por escrito –
ante un posible fracaso – expresó que la orden del desembarco el día “D” fue
suya y, como única justificación del momento, que la decisión se basó en la
mejor información de la que disponía. Ike, nunca dio la orden con un aviso o
comunicado suscrito por “La Comandancia Suprema de las Fuerzas Aliadas de
Occidente” o por “El General”. Él, con nombre propio, asumió la responsabilidad
de la orden, cuando aún no sabía si iba a ser un éxito o un fracaso, aunque
para la humanidad siempre fue una derrota.
Bueno, comunicar al
personal jurisdiccional y administrativo de la Corte Superior de Justicia del
Cusco, que la asistencia a una misa católica es obligatoria es una infracción
al artículo 45 de la Constitución, pues aunque no se sabe de quién es la
disposición, ella proviene de un funcionario, autoridad o empleado público que
colisiona con un derecho reconocido como tal en nuestra Constitución:
“Artículo 2.- Toda persona tiene
derecho: (…) 3. A la libertad de conciencia y de religión, en forma individual
o asociada. No hay persecución por razón de ideas o creencias. No hay delito de
opinión. El ejercicio público de todas las confesiones es libre, siempre que no
ofenda la moral ni altere el orden público.” No sabían de esto La
Comisión de Apoyo…, La Oficina de… y Personal.
En la Corte para la que
laboro no existe un censo de su personal (instrumento de gestión) que, entre
otros datos como son el número de trabajadores, regímenes y sub regímenes
laborales, sexo, edad, educación, instrucción, especialidad, nos diga que
religión profesan o si no profesan alguna, pues de sólo haber un trabajador no
católico, sería motivo suficiente para no obligar a asistir a un oficio
religioso católico. El sentido común nos dice que debe haber trabajadores de
otros credos religiosos. Ante la ausencia de un instrumento de gestión de esa
naturaleza, no podían ser cautos La Comisión de Apoyo…, La Oficina de… y
Personal, y evitar semejante disposición, pues a mí me consta que existen
trabajadores y magistrados de credos distintos al mío.
Las personas no sólo tienen
libertad de credo, que implica que una persona puede profesar cualquier
religión, sino que existen otras que sencillamente no son creyentes, es decir,
no creen en Dios. Entonces, un comunicado como el trascrito, explicable sólo en
la época del oscurantismo medieval, colisiona con otro derecho Constitucional:
“Artículo 2.- Toda
persona tiene derecho: (…). 24. A la libertad y a la seguridad personales. En
consecuencia: a. Nadie está obligado a
hacer lo que la ley no manda, ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe.”
Si la Constitución
consagra la libertad en esos términos, no puede existir razón alguna, mucho
menos una ley que haga obligatoria la asistencia a una misa católica, a quien
no cree en el supremo hacedor - como se gusta decir -. No sabían de esto La
Comisión de Apoyo…, La Oficina de… y Personal.
Todos los días vemos
acciones de violencia contra los derechos de las personas, sean hombres o
mujeres, y nos rasgamos las vestiduras, nos indignamos, hacemos discursos y
marchamos; el comunicado que comentamos es una más de estas violaciones de las
que son objeto las personas, esta vez en su dimensión laboral, en el marco de
una relación de trabajo que, por si acaso no lo saben La Comisión de Apoyo…, La
Oficina de… y Personal, existen derechos constitucionales, entre los que esta
la libertad de credo o la libertad simplemente de no creer en alguna divinidad.
A mí me queda claro que
ésta es una estación más en un rosario de arbitrariedades, donde nunca debieran
existir (una Corte de Justicia), pues así como fui censurado en mi derecho a la
expresión y opinión, ahora se violenta el derecho a la libertad de quienes no
son creyentes, el derecho a la libertad religiosa de quienes no son católicos o,
simplemente, de quienes no desean ir a una misa católica, como es mi caso, pues
considero que una Corte de Justicia es sede de justicia humana, no divina; de
justicia laica y no religiosa, debido a que quien acude a ella tiene la
esperanza en la justicia humana, no en la divina, para ella existen las
iglesias. Empiezo a creer que la arbitrariedad es más femenina que nunca.
El mundo está sangrando
hoy por razones religiosas, muchas veces los atentados se originan cuando las
personas de otros credos son dañadas por acciones u omisiones de quienes no las
toleran... parece que La Comisión de Apoyo…, La Oficina de… y Personal no están
al corriente de las noticias, pese a que es información posible de ser
conocida, al igual que nuestra Constitución que muchos creen conocer.
No hay comentarios:
Publicar un comentario