Fernando Murillo Flores
Lo que la comunidad
leerá en este artículo no aparecerá en noticias y en discursos oficiales. Es
más, es un dato que se sumergirá en cifras macro y generalidades.
La competencia es buena porque permite evaluar la eficiencia de uno con relación a otro, una organización con relación a otra; si imaginamos una ausencia de competencia en la carrera de 100 metros, quien corriese solo no tendría con quien competir y evaluar su eficiencia; si una organización estuviese sola en el mercado de servicios, por ejemplo, no podría jamás saber si el servicio que ofrece es malo, bueno o excelente y, lo peor de todo es que, en el primer caso, el público no podría ver a dos personas competir por marcar un nuevo récord y, en el segundo caso, ese mismo público no podría comparar servicios y elegir el mejor, para así obligar a las organizaciones a ser excelentes.
Es tremendamente difícil dirigir una organización que está sola en el medio que existe, por dos razones: i) no se tiene con quien competir y, ii) la ausencia de competencia hace difícil mejorar el servicio que brinda. La solución a esa ausencia de competencia, si es que existe una, es emplear la comparación de la propia organización con lo que fue, es decir, competir consigo misma y dejar establecida una marca, esta solución se complica por la diversidad de personas que integran la organización.
La Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Cusco, hoy en día, está en esas condiciones, no tiene con quien competir, sino sólo compararse con lo que fue y, para ello, buen parámetro inmediato anterior es el año judicial 2015 y parámetro mediato los años 2010 a 2014. Hemos cerrado el mes de noviembre y estamos a punto de cerrar diciembre del año judicial 2016. Es tiempo de detenerse y hacer un balance del año que termina, al menos cuantitativamente hablando.
Desde
enero 2015 la Sala Civil conoce, en sede de apelación, los siguientes procesos:
a) constitucionales (amparo, hábeas
data y cumplimiento); b)
contenciosos administrativos (general); c)
civiles, y d) contravención a la ley
penal y violencia familiar. El presente año judicial 2016 tuvo la misma
competencia. Comparando su producción actual, con la del año pasado tenemos lo
siguiente:
Mes / Año
|
2015
|
2016
|
Diferencia
|
Enero
|
93
|
160
|
67
|
Febrero
|
23
|
26
|
3
|
Marzo
|
80
|
109
|
29
|
Abril
|
128
|
227
|
99
|
Mayo
|
118
|
224
|
106
|
Junio
|
134
|
160
|
26
|
Julio
|
136
|
187
|
51
|
Agosto
|
242
|
281
|
39
|
Setiembre
|
126
|
203
|
77
|
Octubre
|
212
|
175
|
(37)
|
Noviembre
|
203
|
149
|
(54)
|
Diciembre
|
93
|
||
Total
|
1588
|
1901
|
A noviembre de 2016, la Sala Civil resolvió 1901 procesos, 313 procesos más de los resueltos el año pasado (1588), creo que pudieron ser más, tal vez 2000, pero la huelga de nuestros trabajadores afectó el logro de tal objetivo.
De
acuerdo a la R.A. N° 185-2016-CE-PJ (El Peruano del 10 de agosto de 2016), la
producción estándar para una Sala Civil es de 1700 procesos al año, la Sala
Civil resolvió – a noviembre de 2016 – 201 procesos más de dicho estándar.
Comparando
dicha producción anual (2016), con la de los años 2010 a 2015 tenemos lo
siguiente:
Año
|
2010
|
2011
|
2012
|
2013
|
2014
|
2015
|
2016
|
Producción
|
1070
|
846
|
1309
|
1001
|
969
|
1588
|
1901
|
Volumétricamente
esa fue la producción de la Sala Civil durante el año judicial 2016, es
importante mencionar que, algunos cientos de cuadernos de apelación en copia
fueron resueltos durante este año que, si bien no cuentan para la estadística
de producción, sí implica tiempo resolverlos, y quienes trabajamos en ello lo
sabemos perfectamente.
Otro
dato relevante es que el mes de diciembre del año judicial 2015, en la Sala
Civil se fijaron fechas para las vista de causa para el mes de junio de 2016. A
diferencia de ello, este mes de diciembre del año judicial 2016 estamos fijando
vistas de causa para el mes de enero de 2017 y, a lo sumo, por efecto de la
huelga mencionada, para marzo de 2017. Se nota la diferencia, ¿verdad?
Un
espejismo – para algunos – es que ahora la Sala Civil está al día, como si
hubiésemos trabajado o puesto al día un volumen de trabajo pendiente y
acumulado. Eso no es así, lo que se ha logrado es que el volumen de trabajo
natural de la Sala Civil se trabaje oportunamente, sobre la base de una agenda
de trabajo exigente.
Es
oportuno mencionar y reconocer el esfuerzo de todos los que laboraron en la
Sala Civil para lograr el éxito anotado, no me cabe a mí explicar la razón del
mismo, ello le cabe analizar a quien le corresponde la decisión estratégica de
que dicha performance continúe, sobre todo si como se dijo por allí, se desea
posicionar la Corte Superior de Justicia de Cusco a nivel nacional.
Sólo
diremos que cumplimos con el perfil para integrar y presidir este año la Sala
Civil, en estricta aplicación de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de la Ley
de la Carrera Judicial. No sé cuál será mi ubicación laboral el Año Judicial
2017, pues al momento de decidirse la conformación de Salas no necesariamente
prima los criterios legales respecto a quienes tenemos una determinada especialidad
y experiencia.
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