viernes, 7 de septiembre de 2018

“Mientras no sea delito…”



Fernando Murillo Flores

En el sistema de justicia, el Poder Judicial se ubica en un lugar céntrico y principal. Ese lugar le corresponde por historia. También forma parte de ese mismo sistema, con una misión constitucional importante, el Ministerio Público o Fiscalía.

El Poder Judicial, a casi 200 años de nuestra independencia está en crisis, esta verdad no es controvertida pues si no fuese así que razón hubiese habido para declararlo en emergencia. El Ministerio Público, cuya existencia adscrita al Poder Judicial es de antaño, pero como órgano constitucionalmente autónomo (1980) no tiene más de 40 años, también tiene serios problemas estructurales, de organización y de gobierno.

El común denominador en toda esta crisis es que los órganos más altos del Poder Judicial y del Ministerio Público están fuertemente golpeados, desacreditados y sin autoridad alguna, debido al comportamiento organizacional de algunos de sus miembros, cuya conducta debiera ser intachable, pues los que pertenecen al primero juzgan y los que pertenecen al segundo acusan. ¿Puede un juzgador y un acusador ser peor que los juzgados y acusados?

En el caso de Poder Judicial ya era insostenible la situación del sr. Wálter Benigno Ríos Montalvo quien, al frente de la Corte Superior de Justicia del Callao, basado en una hegemonía, protagonizó hechos y realizó actos deplorables, de los que ahora dará cuenta a la Justicia. Ese señor formaba parte de una organización criminal en la que parecen estar vinculados otros magistrados como es el caso del sr. César Hinostroza Pariachi, Juez Supremo Titular, actualmente suspendido por el Consejo Nacional de la Magistratura.

Pero en esa organización criminal también parecen implicados Fiscales Supremos, entre los que está, nada más ni nada menos (nunca mejor empleada la frase) que el actual Fiscal de la Nación, sr. Pedro Chávarri Vallejos.

Aunque parezca paradójico, de todos los miembros de esa organización criminal, el más decente, entre tantos indecentes, fue Walter Benigno Ríos Montalvo, quien renunció al cargo, cuando se supo en evidencia.

La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República, presentó un proyecto de ley para incorporar una atribución más a las que le da el artículo 80 de la Ley Orgánica del Poder Judicial: “10. En casos excepcionales, cuando se presenten circunstancias de relevante gravedad que comprometen la dignidad del cargo o desmerecen en el ejercicio de la función a un Juez Supremo Titular o Provisional o Consejero del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Sala Plena de la Corte Suprema podrá acordar su apartamiento temporal de la función jurisdiccional o de gobierno por un período máximo de 90 días calendario, mientras las autoridades competentes resuelven conforma a sus atribuciones.

La exposición de motivos de esta iniciativa legislativa expresa: “(…) con fecha 15 de agosto de 2018, la Fiscal Provincial del Primer Despacho de la Fiscalía Corporativa del Callao, emitió el Informe N° 01-05-2018-MP-FN, dirigido al Fiscal Supremo de la Primera Fiscalía Suprema en lo Penal, mediante el cual señala que según los actos de investigación que aquella viene realizando, los Jueces Supremos Titulares César Hinostroza Pariachi, Aldo Figueroa Navarro, Martín Hurtado Reyes, Duberli Apolinar Rodríguez Tineo y Ángel Romero Díaz, serían presuntos integrantes de la organización criminal “Los cuellos blancos”, cuyo objetivo sería la comisión de delitos contra la administración pública

Si esos señores tuviesen un poco de la decencia de Walter Benigno Ríos Montalvo renunciarían al cargo, pero como no la tienen, la Sala Plena a la que pertenecen se vio obligada a solicitar al legislador le confiera la facultad de apartarlos de la función jurisdiccional. Tienen todos esos jueces supremos la autoridad para ocupar un lugar en un Tribunal y juzgar a personas. No, ¿verdad?

Lo triste será que cuando se le otorgue esa facultad a la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República, quienes tendrán que votar para separar temporalmente a un Juez Supremo o miembro del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, serán quienes tenían a parientes trabajando en el Jurado Nacional de Elecciones y a quien usando personal y una línea telefónica del Estado llamó para interceder en un juicio privado, ni siquiera al Juez del caso, sino al Presidente de la Corte para que presione al Juez. En fin: quien esté libre de pecado que tire la primera piedra.

Los Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales del Ministerio Público, en una mayoría abrumadora, publicaron un pronunciamiento cuya fecha es el 6 de setiembre de 2018, en el que se puede leer lo siguiente: “(…) como institución autónoma tenemos la capacidad y mística para resolver nuestros propios problemas y especialmente esta lamentable crisis; por lo que SOLICITAMOS al Fiscal de la Nación, como máximo representante del Ministerio Público, que ponderando la actual situación y las manifestaciones de la sociedad, adopte una decisión acorde a los intereses y bienestar de la institución, que permita superar de manera inmediata esta difícil situación.

Este pronunciamiento se da luego de que el Fiscal de la Nación, sr. Pedro Chávarri Vallejos, convocara a todos los Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales del Ministerio Público, para obtener de ellos su apoyo logrando únicamente que tres de ellos lo respalden. No sé como lo lean, pero para mí ese pronunciamiento es un pedido expreso, aunque sutil, de decirle: renuncia al cargo.

No sé cómo se sentirán esos jueces supremos y ese fiscal de la nación de saber que sus organizaciones los tienen que tolerar, pese a que no tiene autoridad alguna al haberla perdido totalmente. La constatación de ello es el proyecto de ley y el pronunciamiento comentados.

Personajes como esos no tendrían duda alguna en afirmar lo que ha reiterado el sr. Hinostroza Pariachi “El tema de fondo es si hay delito o no hay delito en lo que uno hace, lo demás es escándalo” (https://larepublica.pe/política/1301410-tema-fondo-hay-delito-) o, “En todo caso, la conducta antiética o inapropiada que pueda desarrollar un funcionario no es delito (…)” (https://peru21.pe/politica/cesar-hinostroza-caso-conducta-antietica-delito-video-417809). Es decir, tenemos magistrados que pueden desplegar conductas anti éticas o inapropiadas, pero como no alcanzan a ser tipificadas como delito, pueden continuar en el cargo cuya responsabilidad delicada es la de juzgar y acusar, todo ello sin reparo alguno.

La Ley de la Carrera Judicial y la Ley de la Carrera Fiscal, estipulan en sus artículos V que la ética y la probidad son componentes esenciales de los jueces y fiscales en la carrera judicial y fiscal, respectivamente. Esto quiere decir que la ética es consustancial a la función de un juez y de un fiscal. Estamos asistiendo a un espectáculo de cuellos blancos en el que la ética es banal en la función jurisdiccional y fiscal. Qué peligroso.

Jetró, suegro de Moisés, al verlo agobiado por su trabajo de juzgar casos de su pueblo, le dio un consejo para aliviarlo, que consistía en buscar personas que le ayuden en tal responsabilidad “elige entre los hombres del pueblo algunos que sean valiosos y que teman a Dios, hombre íntegros y que no se dejen sobornar, y los pondrás al frente del pueblo como jefes de mil, de cien, de cincuenta o de diez. Ellos harán de jueces para tu pueblo en forma habitual; te presentarán los asuntos más graves, pero decidirán ellos mismos en los asuntos de menos importancia. Así se aliviará tu carga pues ellos la llevarán contigo.” (Éxodo 18; 21). Espero que en esta situación de emergencia declarada, se pueda identificar a quienes – definitivamente – no fueron bien elegidos.  
   
 

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