martes, 21 de agosto de 2018

Emergencia



Fernando Murillo Flores

Una emergencia, dice el diccionario, “es una situación fuera de control que se presenta por el impacto de un desastre” Sinceramente pienso que no era lo más acertado utilizar ese término para afrontar los hechos que actualmente se conocen y que impactan en la estructura, organización y gobierno del Poder Judicial.

Han transcurrido más de 30 días desde que el 18 de julio pasado se publicó en el diario oficial El Peruano, la R.A. N° 203-2008-CE-PJ, que  declaró en emergencia al Poder Judicial por el plazo de 90 días. En esta resolución, dos de sus considerandos parecen explicar el por qué se tomó tal decisión, leamos:

Segundo. Que, ante las recientes informaciones divulgadas por los medios de prensa, denunciando una serie de hechos graves y censurables que lesionan la imagen y autonomía del Poder Judicial; y, en consonancia con los recientes acuerdos de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República, corresponde adoptar urgentes medidas administrativas que corrijan y superen la crítica situación existente en el sistema judicial”, y “Octavo. Que, atendiendo a la problemática que se presenta en la realidad judicial peruana, resulta imperativo adoptar medidas urgentes e inmediatas, para restablecer el normal, eficiente, eficaz y transparente desarrollo de las actividades jurisdiccionales.”

Si bien la indicada resolución expresa la razón de la declaración de emergencia, no expresa el objetivo o fin de dicha declaración, aunque sí que se decidió aprobar, de parte del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial “el Plan de Trabajo presentado por el señor Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, el mismo se implementará progresivamente; y que en anexo forma parte de la presente decisión.” (cf. artículo segundo de la indicada resolución).

El indicado plan de trabajo fue presentado por el entonces Presidente del Poder Judicial, Sr. Duberlí Rodríguez Tineo, quien luego renunció al cargo ante la Sala Plena de la Corte Suprema. Entonces, es oportuno preguntar respecto a dicho plan de trabajo si aún está legitimado.

Nuevos audios acreditan la influencia que ejercía el aún Juez Supremo Hinostroza Pariachi, en dos miembros del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para lograr el traslado de una Juez Superior. Este hecho ocasionó que luego de una reunión de urgencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, su Presidente, el Sr. Víctor Prado Saldarriaga, comunicó que solicitaría a la Sala Plena de la Corte Suprema, se declare “en emergencia funcional” al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/cortesuprema/s_cortes_suprema_home/as_inicio/as_enlaces_destacados/as_imagen_prensa/as_notas_noticias/2018/cs_n-comunicado-publico-del-cepj-20082018).

En el mismo comunicado el Presidente del Poder Judicial anunció que solicitaría que por los canales pertinentes se pida la renovación de todos los integrantes del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial: jueces supremos (2), juez superior (1), juez de primera instancia (1) y al representante (1) de los colegios de abogados del Perú, y también que proceda a “reformular las funciones y normatividad del CEPJ”, así como evaluar la situación de la jueza Apaza Panuera, quien era la solicitante del traslado.

En el mismo día se publicó, en la web del Poder Judicial, un comunicado de la Sala Plena de la Corte Suprema de la República (https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/cortesuprema/s_cortes_suprema_home/as_inicio/as_enlaces_destacados/as_imagen_prensa/as_notas_noticias/2018/cs_n-comunicado-de-la-sala-plena-20082018) en el que se comunican los siguientes acuerdos, que vamos comentando:

1. Declarar en emergencia funcional el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) por un plazo de diez días.” ¿Pero cuál es el objetivo de dicha declaración?, nuevamente se declara la emergencia – como se hizo con todo el Poder Judicial – por la existencia de irregularidades en el comportamiento de algunos de sus miembros. ¿La declaración de emergencia del Poder Judicial, no alcanzaba a la del Consejo Ejecutivo? En 10 días deberán exponerse los resultados de tal declaración, esperemos.

2. Tras analizar los audios y el nivel de intervención de sus representantes, los jueces supremos Héctor Lama More y Janet Tello Gilardi, quienes cumplieron plenamente con sus deberes y facultades funcionales, la Sala Plena acordó ratificarlos por unanimidad ante el referido órgano de gobierno.” Como producto de una evaluación sumaria “de los audios” – no existe otra explicación – la Sala Plena ratificó a sus representantes ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (Sres. Lama Mora y Tello Gilardi). El problema está que entre quienes ratifican están quien llamó a un Presidente de Corte para presionar a un Juez Especializado; quien llamó para hacer una consulta académica sobre un proceso en curso; quien conduciendo la OCMA no vio todo lo que pasaba en la Corte Superior del Callao; así como quienes tuvieron trabajando en el Jurado Nacional de Elecciones al esposo, esposa, hijos y hermanos. Ese es el problema. 

3. Requerir a la junta de jueces superiores y especializados, respectivamente, para que, en reunión que deberá realizarse el lunes 27 de agosto, decida lo correspondiente a sus representados, los magistrados Augusto Ruidías Farfán y Rosa Amelia Vera Meléndez.” No obstante los comunicados de estos magistrados (Ruidías Farfán y Vera Meléndez) dando explicaciones de sus expresiones ante el Juez Supremo Hinostroza Pariachi, lo cierto del caso es que se percibe cierto compromiso con éste para el traslado de la jueza Apaza Panuera, y que no se refugien en que finalmente el traslado no prosperó. Particularmente, como Juez Superior, no me sentí nunca representado por mi colega el Sr. Ruidías y no sé si los jueces de primera instancia con la Sra. Vera Meléndez. Esperemos que las juntas de jueces, requeridas por la Sala Plena de la Corte Suprema de la República, estén a la altura de las circunstancias.

4. Asimismo, pedir también a la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú, en un plazo no mayor de cinco días calendarios, que decida lo correspondiente a su representante, Pedro Angulo Arana.” La historia reciente, respecto a los representantes de los colegios de abogados, ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, no es del todo feliz. Esperemos que esta vez elijan mejor. Es sólo un deseo, por cierto.    

5. Delegar a la Presidencia del Poder Judicial para que, con el apoyo del Gabinete de Asesores, realice en el más breve plazo la revisión de las normas que regulan las funciones y competencias del CEPJ, así como de sus miembros, y formule propuestas de modificación.” Considerando que las funciones y competencias están escritas en la Ley Orgánica del Poder Judicial, lo que cabría sería rediseñar las mismas, pero nada de eso será útil – por lo pronto – sino se hace una reestructuración orgánica general del Poder Judicial y su correspondiente forma de gobierno, pero todo ello en un gran proyecto de nueva Ley Orgánica del Poder Judicial que, hasta donde sé – espero equivocarme – aún no se empezó a escribir. Ahora, si existe un conjunto de reglamentos extra legem que rijan el funcionamiento interno del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y otros trámites ante dicho órgano de gobierno, como el que se entiende seguía la jueza Apaza Panuera, cabrá revisarlos y proponer su modificación, pero nada evitará que si se quiere instrumentalizarlos para el mal, se instrumentalizarán, pues ello depende de quienes estén en el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

En un discurso por el día del Juez, el actual Presidente del Poder Judicial mencionó comisiones de trabajo para tomar decisiones en varios temas y así afrontar la encrucijada del Poder Judicial. Si la solución no se trabaja orgánicamente de abajo hacia arriba, y se pretende trabajarla en “laboratorio” cualquier fórmula que se dé será ineficaz. Ya pasó un mes desde ese anuncio y aún no se sabe algo al respecto. 

La historia es muy ilustrativa al registrar hechos muy graves y de encrucijadas, en los que siempre surgieron personajes que supieron sacar adelante instituciones, países e incluso a la misma humanidad. Como Juez Superior Titular, siento que institucionalmente el Poder Judicial al que pertenezco no tiene objetivos claros en este momento de crisis y de adversidad, denominado “emergencia”, mucho menos que haya quien lo lidere con autoridad a nivel nacional y local. Espero no se me abra proceso disciplinario por opinar y expresar lo que siento, pero considero que es un deber hacerlo, pues si luego del vencimiento del plazo de la emergencia no brindamos resultados, ya no será una emergencia, sino una desgracia todo esto.     

No hay comentarios:

Publicar un comentario