Fernando Murillo Flores
Una
emergencia, dice el diccionario, “es una situación fuera de control que se
presenta por el impacto de un desastre” Sinceramente pienso que no era lo más
acertado utilizar ese término para afrontar los hechos que actualmente se
conocen y que impactan en la estructura, organización y gobierno del Poder
Judicial.
Han
transcurrido más de 30 días desde que el 18 de julio pasado se publicó en el
diario oficial El Peruano, la R.A. N° 203-2008-CE-PJ, que declaró en emergencia al Poder Judicial por
el plazo de 90 días. En esta resolución, dos de sus considerandos parecen
explicar el por qué se tomó tal decisión, leamos:
“Segundo.
Que, ante las recientes informaciones divulgadas por los medios de prensa,
denunciando una serie de hechos graves y censurables que lesionan la imagen y
autonomía del Poder Judicial; y, en consonancia con los recientes acuerdos de
la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República, corresponde
adoptar urgentes medidas administrativas que corrijan y superen la crítica
situación existente en el sistema judicial”, y “Octavo. Que, atendiendo a la problemática que se presenta en la
realidad judicial peruana, resulta imperativo adoptar medidas urgentes e
inmediatas, para restablecer el normal, eficiente, eficaz y transparente
desarrollo de las actividades jurisdiccionales.”
Si
bien la indicada resolución expresa la razón de la declaración de emergencia, no
expresa el objetivo o fin de dicha declaración, aunque sí que se decidió
aprobar, de parte del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial “el Plan de Trabajo presentado por el señor
Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, el mismo se implementará
progresivamente; y que en anexo forma parte de la presente decisión.” (cf.
artículo segundo de la indicada resolución).
El indicado
plan de trabajo fue presentado por el entonces Presidente del Poder Judicial,
Sr. Duberlí Rodríguez Tineo, quien luego renunció al cargo ante la Sala Plena
de la Corte Suprema. Entonces, es oportuno preguntar respecto a dicho plan de
trabajo si aún está legitimado.
Nuevos
audios acreditan la influencia que ejercía el aún Juez Supremo Hinostroza
Pariachi, en dos miembros del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para lograr
el traslado de una Juez Superior. Este hecho ocasionó que luego de una reunión
de urgencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, su Presidente, el Sr.
Víctor Prado Saldarriaga, comunicó que solicitaría a la Sala Plena de la Corte
Suprema, se declare “en emergencia funcional” al Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial (https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/cortesuprema/s_cortes_suprema_home/as_inicio/as_enlaces_destacados/as_imagen_prensa/as_notas_noticias/2018/cs_n-comunicado-publico-del-cepj-20082018).
En
el mismo comunicado el Presidente del Poder Judicial anunció que solicitaría
que por los canales pertinentes se pida la renovación de todos los integrantes
del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial: jueces supremos (2), juez superior
(1), juez de primera instancia (1) y al representante (1) de los colegios de
abogados del Perú, y también que proceda a “reformular las funciones y
normatividad del CEPJ”, así como evaluar la situación de la jueza Apaza
Panuera, quien era la solicitante del traslado.
En
el mismo día se publicó, en la web del Poder Judicial, un comunicado de la Sala
Plena de la Corte Suprema de la República (https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/cortesuprema/s_cortes_suprema_home/as_inicio/as_enlaces_destacados/as_imagen_prensa/as_notas_noticias/2018/cs_n-comunicado-de-la-sala-plena-20082018) en
el que se comunican los siguientes acuerdos, que vamos comentando:
“1. Declarar en emergencia funcional el
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) por un plazo de diez días.”
¿Pero cuál es el objetivo de dicha declaración?, nuevamente se declara la
emergencia – como se hizo con todo el Poder Judicial – por la existencia de
irregularidades en el comportamiento de algunos de sus miembros. ¿La
declaración de emergencia del Poder Judicial, no alcanzaba a la del Consejo
Ejecutivo? En 10 días deberán exponerse los resultados de tal declaración,
esperemos.
“2. Tras analizar los audios y el nivel de
intervención de sus representantes, los jueces supremos Héctor Lama More y
Janet Tello Gilardi, quienes cumplieron plenamente con sus deberes y facultades
funcionales, la Sala Plena acordó ratificarlos por unanimidad ante el referido
órgano de gobierno.” Como producto de una evaluación sumaria “de los
audios” – no existe otra explicación – la Sala Plena ratificó a sus
representantes ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (Sres. Lama Mora y
Tello Gilardi). El problema está que entre quienes ratifican están quien llamó
a un Presidente de Corte para presionar a un Juez Especializado; quien llamó
para hacer una consulta académica sobre un proceso en curso; quien conduciendo
la OCMA no vio todo lo que pasaba en la Corte Superior del Callao; así como
quienes tuvieron trabajando en el Jurado Nacional de Elecciones al esposo,
esposa, hijos y hermanos. Ese es el problema.
“3. Requerir a la junta de jueces superiores
y especializados, respectivamente, para que, en reunión que deberá realizarse
el lunes 27 de agosto, decida lo correspondiente a sus representados, los
magistrados Augusto Ruidías Farfán y Rosa Amelia Vera Meléndez.” No
obstante los comunicados de estos magistrados (Ruidías Farfán y Vera Meléndez)
dando explicaciones de sus expresiones ante el Juez Supremo Hinostroza
Pariachi, lo cierto del caso es que se percibe cierto compromiso con éste para
el traslado de la jueza
Apaza Panuera, y que no se refugien en que finalmente el traslado no prosperó.
Particularmente, como Juez Superior, no me sentí nunca representado por mi
colega el Sr. Ruidías y no sé si los jueces de primera instancia con la Sra.
Vera Meléndez. Esperemos que las juntas de jueces, requeridas por la Sala Plena
de la Corte Suprema de la República, estén a la altura de las circunstancias.
“4. Asimismo, pedir también a la Junta de
Decanos de los Colegios de Abogados del Perú, en un plazo no mayor de cinco días
calendarios, que decida lo correspondiente a su representante, Pedro Angulo
Arana.” La historia reciente, respecto a los representantes de los colegios
de abogados, ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, no es del todo
feliz. Esperemos que esta vez elijan mejor. Es sólo un deseo, por cierto.
“5. Delegar a la Presidencia del Poder
Judicial para que, con el apoyo del Gabinete de Asesores, realice en el más
breve plazo la revisión de las normas que regulan las funciones y competencias
del CEPJ, así como de sus miembros, y formule propuestas de modificación.”
Considerando que las funciones y competencias están escritas en la Ley Orgánica
del Poder Judicial, lo que cabría sería rediseñar las mismas, pero nada de eso
será útil – por lo pronto – sino se hace una reestructuración orgánica general
del Poder Judicial y su correspondiente forma de gobierno, pero todo ello en un
gran proyecto de nueva Ley Orgánica del Poder Judicial que, hasta donde sé –
espero equivocarme – aún no se empezó a escribir. Ahora, si existe un conjunto
de reglamentos extra legem que rijan el funcionamiento interno del Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial y otros trámites ante dicho órgano de gobierno,
como el que se entiende seguía la jueza
Apaza Panuera, cabrá revisarlos y proponer su modificación, pero nada evitará
que si se quiere instrumentalizarlos para el mal, se instrumentalizarán, pues
ello depende de quienes estén en el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
En un discurso por el día
del Juez, el actual Presidente del Poder Judicial mencionó comisiones de
trabajo para tomar decisiones en varios temas y así afrontar la encrucijada del
Poder Judicial. Si la solución no se trabaja orgánicamente de abajo hacia
arriba, y se pretende trabajarla en “laboratorio” cualquier fórmula que se dé
será ineficaz. Ya pasó un mes desde ese anuncio y aún no se sabe algo al
respecto.
La historia es muy
ilustrativa al registrar hechos muy graves y de encrucijadas, en los que
siempre surgieron personajes que supieron sacar adelante instituciones, países
e incluso a la misma humanidad. Como Juez Superior Titular, siento que
institucionalmente el Poder Judicial al que pertenezco no tiene objetivos
claros en este momento de crisis y de adversidad, denominado “emergencia”,
mucho menos que haya quien lo lidere con autoridad a nivel nacional y local.
Espero no se me abra proceso disciplinario por opinar y expresar lo que siento,
pero considero que es un deber hacerlo, pues si luego del vencimiento del plazo
de la emergencia no brindamos resultados, ya no será una emergencia, sino una
desgracia todo esto.
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